domingo 31 de enero de 2010

BRASIL EMERGENTE

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El pasado 18 de diciembre asistí aun acto organizado por la Cámara de Comercio de Reus, sobre las oportunidades inversoras que ofrece Brasil en la actualidad.

Fue una matinal monográfica sobre este país, tan extenso como toda europa, en la que participaron el sr. Carlos Alfonso Iglesias Puente, Cónsul de Brasil en Barcelona, la sra. Nuria Pont de la Cámara Oficial de Comercio en Brasil y dos representantes de sendas empresas locales de Reus -Borges y Pintaluba-, que ya se han establecido y operan en este país desde hace varios años. Todos ellos nos explicaron sus experiencias y visión optimista para los próximos años.

Sin duda Brasil es un país que actualmente tiene todas las mejores opciones para conseguir un rápido desarrollo a la alza, con inmejorables perspectivas, pues es uno de los 6 únicos paises del mundo que reunen estas tres características: Más de 5 millones de Km2. Una población superior a 100 millones de habitantes. Y un PIB superior a 700.000 millones de dólares USA.


En mi caso asistí especialmente motivado pues desde hace más de un año estoy estudiando y trabajando la seria opción de ofrecer inversiones en promociones inmobiliarias en Brasil, aprovechando que dispongo de una infraestructura allí, con el conocimiento del país, sus gentes y costumbres. Se reafirmaron todos los aspectos positivos que tenía planteados, así como los temas a tener en cuenta para una realización satisfactoria de las operaciones y que les voy a relacionar.

Para invertir en Brasil hay que estar concienciado que:
- Hay que desplazarse y estar en Brasil. O tener a alguien de confianza que lo haga por ti.
- Son laboriosos y lentos los trámites con la administración. Hay que encomendarlo a las personas adecuadas.
- Hay que hacer correctamente la entrada de capital en el país para poder despues recuperarlo y declarar los beneficios.
- Hay que trabajar con constructoras reconocidas en la zona, para ganarse la confianza del público objetivo brasileño que comprará su vivienda.
- El Mundial de Futbol de 2014 y los juegos Olímpicos de 2016 son una buena promoción para el país, pero de ningún modo el principal motivo para invertir.

Son muchas las oportunidades de inversión en Brasil: en infraestructuras, (carreteras, ferrocarriles, puertos...) en energía eólica, refinados del petroleo, etc... pero el sector inmobiliario, que es el que nos ocupa, es de los principales, pues hay una fuerte demanda de vivienda por parte de la creciente clase media brasileña. Importante resaltar la disminución de la pobreza del país que en 15 años ha descendido en un 50%. También el noreste del país hay una extraordinaria reactivación de demanda de segundas residencias vacacionales.

He calculado unos beneficios mínimos esperados del 30% hacia arriba y dado que el nivel de vida está en 1/3 de la europea, no se precisan desorbitantes cantidades para invertir. Lógicamente el beneficio será proporcional al capital aportado.

Si deseas ampliar la información sobre la economía actual brasileña, te puedo mandar una excelente presentación de PowerPoint en castellano, realizada por el gobierno brasileño. Solo tienes que solicitármela por e-mail.


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viernes 8 de enero de 2010

AÑO DE NIEVES...




Dice la cultura popular: "Año de nieves, año de bienes"
De momento hoy y de forma inusual ha llegado la nieve a nuestra población, Mont-roig del Camp, donde, por estar solo a unos 80 metros de altura sobre el nivel del mar, es difícil encontrar las imágenes que hoy acompañan este post.

En los 12 kilómetros de playas de que dispone este municipio, entre Cambrils y L'Hospitalet de l'Infant/Vandellòs, hay varias urbanizaciones y cámpings en primera línea de mar, pero sin duda la principal es Miami Platja, que con sólo 55 años de existencia ha consolidado su población, llegando a superar en número la del pueblo de Mont-roig del Camp. Uno de los iconos de la urbanización Miami Platja es su galardonada y premiada Playa Cristal, donde hoy se ha posado el blanco manto que se ve en la foto 2.

La anterior nevada aquí fué en el año 2001 y la profecía de prosperidad se cumplió para nuestro sector inmobiliario, pués duró hasta el 2006-07. La euforia se instaló entre promotores y constructores que encontraron un filón inagotable para sus negocios. Siempre bajo la buena predisposición de las entidades financieras a las que acudían los compradores de hipotecas a raudales. Muchos otros personajes danzaron de alegría alrededor de esta gran orgía económica que daba buenos dividendos para todos: Ayuntamientos, agencias inmobiliarias de todo tipo y condición, notarios, registradores, tasadores, gestorías, financieras,... además de todas las empresas vinculadas al sector de la construcción: albañilería, carpintería, electricidad, fontanería, aire acondicionado y calefacción, materiales de construcción, maquinaria para el sector, cementeras, áridos y hormigones, y un largo e incalculable número de personas que vieron mejorar su nivel de vida gracias a esta rueda de la fortuna basada en el sector inmobiliario. Y llegó lo que todos sabíamos iba a llegar, pero no queríamos ni nombrar, ...

Tengo confianza en que nuevos tiempos van a venir para nuestro sector, pero también sé que no seran iguales que los pasados, ni tampoco la forma de actuar podrá ser la misma. Creo firmemente en que el futuro pasa por la renovación de métodos, estrategias y técnicas de captación y venta, adecuándolas a los tiempos actuales y a las exigencias de nuestro público objetivo.

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martes 29 de diciembre de 2009

MODIFICADA LA LEY SOBRE EL ALQUILER.

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YA ESTÁ EN VIGOR DE LA LEY 19/2009,
DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2009,
DE MEDIDAS DE FOMENTO Y AGILIZACIÓN PROCESAL
DEL ALQUILER EN ESPAÑA.

La necesidad de estimular el mercado del alquiler ha dado lugar a la reforma de la LEC (Ley de Enjuiciamiento Criminal), mediante la Ley 19/2009 de 23 de noviembre 2009, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios, con el objetivo de que los deshaucios se tramiten de forma más àgil.

Y es que la situación de impago de las rentas derivadas del alquiler se ha incrementado todavía más ante la crisis económica, de ahí la necesidad de esta reforma.

Estos cambios están dirigidos, por tanto, a la agilización de los procesos de desahucio y de reclamación de rentas debidas, mejorando así la seguridad y las garantías del propietario y del inquilino como medida idònea para fomentar el aumento de la oferta del mercado de alquiler y contribuir así a la moderación de sus precios.

La reforma permitirá que ante incumplimientos graves en el pago del alquiler se spueda recuperar la vivienda de un modo rápido y sencillo, y es que la sentencia condenatoria de deshacuio será título suficiente de ejecución directa del deshaucio en el día y hora señalados, de manera que ya no habrá necesidad de iniciar nuevo proceso.

Con esta ley se consigue no tener que abrir un nuevo incidente para fijar la fecha de lanzamineto tras la firmeza de la sentencia, y que al conocer el demandado la fecha de lanzamiento con la demanda no sea preciso un espreso apercibimiento para que conozca que debe irse del inmueble, ya que este apercibimiento se hace con la demanda, y llegado el día fijado en el auto de admisión se procederá al lanzamineto sin necesidad de notificación posterior.

Las modificaciones señaladas tienden a agilizar el proceso de deshaucio, que beneficia a ambas partes. Además, trata de evitar dilaciones indebidas en el proceso buscadas por elinquilino de mala fe. Refuerza las garantías y posibilidades de que haya un acuerdo entre las partes, incrementando la confianza mutua.

Otras novedades que introduce la Ley 19/2009 de 23 noviembre 2009, son las siguientes:

- Todas las acciones, tanto de deshaucio como de reclamación de rentas, se tramitarán por el juicio verbal, más rápido y sencillo. Hasta ahora, las reclamaciones de renta, si no se acumulaban al deshaucio, se tenían que decidir en juicio ordinario.

- La sentencia condenatoria de deshaucio será título suficiente de ejecución directa del dashaucio, sin necesidad de iniciar un nuevo proceso ni otro trámite. Para que esto sea así el demandante debe solicitarlo expresamente en la demanda.

- Se adoptan un conjunto de medidas de agilización de los procesos en cuanto a citaciones, emplazamientos y notificaciones. Así, a partir de la reforma, si no se logra la notificación tras un primer intento, la citación se insertará en el tablón de anuncios del Juzgado. Además, si el demandado no comparece en juicio, la notificación se la sentencia se hace a través de edicto, colgando copia de la sentencia en el juzgado.

Otras novedades que se prevén con la reforma de la LEC son:

- La sentencia de condena al pago de rentas incluirá no sólo las devengadas al momento de interposición de la demanda, sino también las que se devenguen hasta la entrega de la posesión efectiva de la vivienda. Lo mismo sucederá con las "rentas de tramitación" (las devengadas durante el proceso), pués la sentencia que condena al pago de rentas incluirá también la condena a satisfacer las rentas debidas tanto al momento de interposición de la demanda, como a las que se devenguen hasta la entrega de la posesión efectiva de la finca.

- Se modifica también el plazo para presentar la demanda de deshaucio tras el requerimiento previo de pago, reduciéndose el plazo de dos meses a un mes de impago.

.MAS INFORMACIÓN: CLICKAR AQUÍ.

sábado 26 de diciembre de 2009

FELICES FIESTAS.

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viernes 4 de diciembre de 2009

SU CASA "LOW COST" (2)

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LA BIOVIVIENDA

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Hace dos o tres años, a través de un reportaje en la televisión, quedé sorprendido por la presentación de un nuevo sistema para la construcción de unas casas "semi-enterradas", basándose en las antiguas casas-cueva (muy típicas en Andalucía). La empresa que realizó la patente tiene su base en la Comunidad Valenciana (España) y ofrece estas viviendas con unas singulares características que las hacen muy especiales y atractivas.

Si dispone usted un terreno donde poder ubicarla, los costes de la construcción se le pueden reducir al 50% como mínimo, pues en tan solo 25-30 días nos pueden entregar la vivienda. Para tener una idea más real de este tipo de casas vale la pena ver el video adjunto, donde además se indican todas las ventajas de tipo ecológico, de rendimiento energético y otros aspectos novedosos en este tipo de construcción.

Recientemente he contactado con la empresa, y me han explicado que tienen varias promociones en marcha de conjuntos de viviendas, pero que para el cliente particular esperan que acabe de pasar este convulso período inmobiliario en España para volver a retomarlo. De todas maneras hay unos teléfonos y e-mails donde atienden todas las consultas.

El tiempo nos dirá si arraiga esta nueva manera de vivir, integrados en la naturaleza y con una notable filosofía ecológica.

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miércoles 18 de noviembre de 2009

JOAQUIM MARTÍ MARTÍ


Tengo en mis manos un ejemplar, personalmente dedicado, del libro "LA PROPIEDAD INMOBILIARIA Guía jurídica para la compra, tenencia, alquiler y venta de pisos y locales". El autor, Joaquim Martí Martí, es natural de Mont-roig del Camp donde tiene su familia y su casa. Por motivos de trabajo, una vez terminada su carrera de abogado, fué a vivir a Barcelona, donde reside la mayor parte de su tiempo y trabaja en el Buffete Diagonal.

Es Abogado, Profesor colaborador de la Cátedra de Derecho de la Universidad de Barcelona. Profesor Consultor en la "Universitat Oberta de Catalunya". Ha publicado más de cuarenta artículos en el Diario LA LEY y en revistas específicas en el sector del Derecho. Éste es su quinto libro publicado, todos ellos dedicados al Derecho Civil. Como abogado ejerciente, ha intervenido en numerosos procesos judiciales que han servido para dictar sentencias que se han utilizado para la publicación de esta obra. Ha participado en conferencias, ponencias y congresos por toda la geografía española.

Este libro pretende ofrecer una completa guía jurídica a todo aquel que quiera adquirir una vivienda o local, tanto si es obra nueva como usada, reformarla, habitar en ella o instalar su negocio y, finalmente, ofrecerla en alquiler. También puede servir de guía jurídica para el profesional que pretende asesorar o intermediar en la compra o en el arriendo. Para poder cumplir esta pretensión de guía jurídica, se brinda el asesoramiento legal y jurisprudencial a todos los pasos y factores que surgen en toda compraventa, uso y/o alquiler, a un nivel básico y entendible por cualquiera.

La guía pretende analizar todos los estadios y momentos que se producen en la compra, la rehabilitación y en el alquiler de una vivienda y local. Los pretende analizar de forma cronológica, conforme a como se producen. La utilidad de esta obra es aportar luz a unas operaciones que, a pesar de frecuentes, se presentan como muy desconocidas para el ciudadano en general.

Asímismo, la pretensión de esta obra es también asesorar a este profesional inmobiliario que participa, en interés del vendedor o comprador, en la operación de compra, venta, reforma o alquiler del inmueble. Para este profesional se facilita, al final de cada capítulo, el extracto de la sentencia jurisprudencial o artículo legal que le va a permitir un mayor nivel de conocimiento de ese estadio en el que participa.


El libro ha sido publicado por LA LEY (www.laley.es) del Grupo Wolters Kluwer.

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miércoles 11 de noviembre de 2009

FIESTA DEL NUEVO ACEITE DE OLIVA 2009




El olivo es quizás el árbol con más carisma mediterraneo. Mont-roig del Camp, población con mucha tradición en este cultivo y posterior producción del Aceite de Oliva, ha celebrado el pasado domingo la Fiesta del Nuevo Aceite de Oliva 2009 con asistencia de mucho público deseoso de probar el aceite de la actual cosecha. Es en la matinal del primer domingo de noviembre cuando se festeja con un concurrido desayuno popular a base de carnes y embutidos a la brasa, pan tostado y el nuevo aceite. A pesar de que el tiempo estaba un poco revuelto, con viento y lluvia intermitente, fueron muchas las personas que se acercaron hasta aquí, y disfrutaron además de otros actos paralelos a la fiesta, como los gigantes, música tradicional, un campeonato de "botifarra" (juego de cartas), etc...

Este excelente aceite se obtiene de las olivas "arbequinas" y está integrado en la Denominación de Orígen SIURANA. El sistema artesanal de recogida y elaboración produce un aceite extra-virgen de baja acidez, lo que lo hace muy apreciado. Se comercializa al detalle en garrafas de 5 litros y botellas de 1 y 2 litros. El precio de la garrafa de 5 litros es de 22 euros, y con la compra de 2 garrafas te obsequian con una botella de 2 litros. Una parte de la producción se exporta al por mayor. Hay 3 marcas locales que comercializan aceite de Oliva: "Fruits Mont-roig" producido por la Cooperativa Agrícola Local, "Aceites Solé" y "Aceites Anton Blanc" que son productores privados.


Es especialmente indicado este aceite para cocinar, aliñar ensaladas, básico para el "pa amb tomàquet" y para hacer el tradicional "all i oli" que tantos platos acompaña. Algunos restaurantes disponen ya de carta de aceites, pues cada vez son más las personas que eligen un tipo u otro de aceite, igual que se hace con el vino o con el agua mineral.


Anoten en su agenda la fecha del primer domingo de noviembre para asistir a la fiesta del próximo año.


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