En este período de crisis financiera y inmobiliaria, el alquiler con opción a compra permite al inquilino comprar una vivienda sin tener que pagar una entrada.
Y decimos que la compra a pesar de ser un alquiler con opción de compra, porqué en el contrato se especifica el precio de la compraventa al final del período pactado de alquiler, y el propietario no podrá retractarse ni modificar los términos pactados.
Ventajas para el inquilino:
Estrena piso, sin entrada, sin hipoteca y sin pasar por entidad financiera alguna.
No dilapida el dinero que va pagando en sus mensualidades, ya que normalmente recupera un alto porcentaje de lo pagado a cuenta del inmueble (a veces el 100%), cuando ejecute la opción de compra. Naturalmente, esto siempre está pactado en el contrato con el vendedor.
Se olvida del Euríbor durante el período del alquiler. Solamente verá incrementada la renta mensual a pagar por el IPC anual.
Los jóvenes entre 22 y 30 años con ingresos inferiores a 22.000 euros brutos anuales pueden optar por una subvención, durante un máximo de 4 años si tienen un contrato de arrendamiento con opción a compra.
No tiene la obligación de ejecutar la opción de compra al finalizar el contrato.
Ventajas para el propietario:
La vivienda en vez mantenerse vacía, le genera ingresos.
Su propiedad es alquilada por un futuro comprador.
Como propietario puede solicitar subvenciones del Gobierno.
Como vemos se trata de un entendimiento entre el vendedor y el comprador para aplazar a “tiempos mejores” la ejecución de la compraventa. En el siguiente post hablaremos de la Compraventa con pago aplazado
Pero esta iniciativa no sólo se da en el ámbito privado, sino que se está promocionando desde la Administración Pública y varias autonomías ya están llevando a la práctica esta estrategia, aplicándola a la vivienda protegida.
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